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Anulan nombramiento de Andrés Barreto como experto de asuntos energéticos en la Creg

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Anulan nombramiento de Andrés Barreto como experto de asuntos energéticos en la Creg
Foto: GREG / Facebook SIC

El Consejo de Estado anuló el nombramiento de Andrés Barreto como experto de asuntos energéticos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas -Creg-.

El exsuperintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto, fue nombrado en julio del año pasado, por el entonces presidente de la República, Iván Duque, como experto comisionado de la CREG.

El Consejo de Estado le acaba de dar la razón a una demanda que advertía que el funcionario no cumplió con los requisitos para asumir en el cargo, pues no contaba con experiencia técnica en el área energética ni desempeñó, por más de seis años, cargos de responsabilidad o de consultoría en entidades del sector energético.

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En su defensa, la apoderada de Barreto había expresado que sí contaba con la experiencia requerida y que, con dos títulos de especialización y dos de maestría, “excedía el requisito mínimo exigido para el cargo”.

“El señor Barreto González se desempeñó como superintendente de Industria y Comercio, desde el 21 de septiembre de 2018 hasta el 31 de julio de 2022, y dentro de ese mismo periodo fue superintendente de Sociedades, cargos cuyas actividades están referidas a las de todas las empresas de los distintos sectores, incluido el energético.”, advirtió en su momento la defensa.

El Consejo de Estado determinó que el paso de Barreto por las superintendencias no configuraba la experiencia requerida.

“Con fundamento en lo expuesto, la Sala concluye que la decisión cuya legalidad se cuestiona incurrió en la causal de nulidad electoral prevista en el numeral 5 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011, en consideración a que el demandado no acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el literal c), parágrafo 1º del artículo 21 de la Ley 143 de 1994, modificado por el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, para ocupar el empleo de comisionado experto de la CREG, toda vez que el presupuesto de haberse desempeñado como consultor o asesor, por un periodo igual o superior a seis años, no atendió al criterio de la especificidad de que las funciones se hubieran desplegado en el sector energético.”, se lee en la decisión.

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