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Por ahora, Belén de Bajirá seguirá en el departamento del Chocó

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Por ahora, Belén de Bajirá seguirá en el departamento del Chocó

La Sección Primera del Consejo de Estado negó la medida cautelar que había solicitado el departamento de Antioquía en contra del acto administrativo contenido en el mapa publicado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC- el día 9 de junio de 2017, en el que se ubican los corregimientos de Belén de Bajirá, Nuevo Oriente, Blanquicet y Macondo en el departamento del Chocó, pues a juicio del demandante, tales corregimientos hacen parte del departamento de Antioquia.

Argumentó el departamento de Antioquía que “con la publicación del mapa, el IGAC usurpó la competencia del Senado de la República para decidir la controversia limítrofe, pues estableció unos nuevos límites que ubican a los corregimientos de Belén de Bajirá, Nuevo Oriente, Blanquicet y Macondo en el departamento del Chocó siendo de su territorio”.

No obstante, el alto tribunal con ponencia de la magistrada María Elizabeth García determinó que dicha petición es improcedente, toda vez que “en este estado del proceso no existe certeza acerca de la situación jurídica en la que están los departamentos de Antioquia y Chocó en relación con sus límites, por lo que es menester determinar si se está frente a lo que se ha denominado como límite dudoso, o si de acuerdo con la actuación administrativa se trata de una certificación del límite”.

Agregó que “el legislador fue claro en establecer que para que proceda la suspensión provisional es indispensable que las argumentaciones, documentos o informaciones allegados por el interesado lleven a concluir al juzgador, sin dubitación alguna, que resultaría más gravoso al interés público negar la medida que concederla”.

Argumentos que incluso planteó la Procuraduría General en su concepto, al haber manifestado que “toda vez que se trata de definir la disputa limítrofe entre los departamentos de Antioquia y Chocó por el corregimiento de Belén de Bajirá, el cual conlleva profundas implicaciones de orden económico, social, ambiental, entre otras. Resulta necesario el decreto de algunas pruebas como testimonios e informes técnicos y demás medios que sean útiles, pertinentes y conducentes para poder dilucidar aspectos sobre la disputa limítrofe, por lo que no hay elementos suficientes que permitan acceder a la medida cautelar solicitada”.

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