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Suben a 40 % el aforo en despachos judiciales para acceso a servicios

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Suben a 40 % el aforo en despachos judiciales para acceso a servicios

El Consejo Superior de la Judicatura adoptó reglas para la prestación del servicio de justicia de los despachos y dependencias administrativas en el país, que se aplicarán desde el 1 de octubre de 2020.

Con la expedición del Acuerdo 11632, el Consejo Superior mantiene la restricción de ingreso a las sedes, pero aumenta el aforo posible a un máximo del 40 % de servidores judiciales y de usuarios para prestar servicios que requieran presencialidad.

En el caso de los despachos judiciales de Leticia y Puerto Nariño (Amazonas) el Acuerdo expedido levanta la suspensión de términos que se había ordenado anteriormente.

El nuevo Acuerdo integra las medidas especiales para la prestación del servicio de justicia con relación al ingreso y permanencia en las sedes de la Rama Judicial, condiciones de bioseguridad, condiciones de trabajo virtual, horarios de recepción y condiciones de trabajo en casa, disposiciones para los despachos judiciales y dependencias administrativas de la Rama Judicial.

Las demandas, acciones, memoriales, documentos, escritos y solicitudes que se envíen a los despachos judiciales, después del horario laboral de cada distrito, se entenderán presentadas el día hábil siguiente.

Los despachos judiciales no confirmarán la recepción de estos mensajes de correo electrónico por fuera de las jornadas laborales sino hasta el día hábil siguiente.

Los procesos en los que deban adelantarse dichas actuaciones se tramitarán en forma virtual en todo lo que no dependa de ellas o hasta el vencimiento del término probatorio, según corresponda.

Por último dicta reglas especiales en los municipios sin, de baja y moderada afectación del COVID –19, para que el servicio de administración de justicia se preste en condiciones normales manteniendo las medidas de bioseguridad y sin la asistencia a las sedes de quienes cuenten con condiciones de comorbilidad.

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