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Juez suspende uso del polémico Venom, “lanzador múltiple” del ESMAD en Popayán

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Juez suspende uso de polémico “lanzador múltiple” del ESMAD

Un juez de Popayán le ordenó al ESMAD de la Policía la suspensión inmediata del lanzador múltiple Venom que está siendo empleado para disolver las manifestaciones en el presente paro.

La decisión hace parte de un fallo de tutela que protege los derechos de dos habitantes de Popayán.

En principio la decisión sólo tiene efectos en la capital del Cauca.

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Apartes de la decisión

Segundo – Como consecuencia, se ordenará a la Policía Metropolitana de Popayán – Dirección de Seguridad Ciudadana (DISEC) – Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) que una vez notificadas de la presente providencia, suspendan de manera inmediata el uso del lanzador múltiple eléctrico denominado VENOM en la ciudad de Popayán, en cualquier espacio, hasta tanto:

  • A) Se elabore un protocolo específico para el uso del dispositivo Venom, en el que se plasme la forma correcta de manipularlo, es decir, en plataformas tales como vehículos terrestres o plataformas no tripuladas y no desde el suelo, así esté soportado sobre un trípode, a fin de evitar que sea disparado de forma directa sobre la humanidad de los marchantes, además que debe usarse como última ratio para garantizar el restablecimiento del orden público, tal y como lo prevé el art 20 del Decreto 003 de 2021.

La elaboración del protocolo deberá ajustarse a las condiciones que establece, con carácter general, el Derecho Internacional Humanitario, la normatividad internacional y nacional sobre el uso de armas no letales. Teniendo en cuenta las recomendaciones que sobre su uso hace el fabricante y los lineamientos dados en la presente providencia.

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  • B) Se capacite e instruya a todos los efectivos que hacen parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios de la ciudad de Popayán, con fundamento en el protocolo que para tal efecto se expedirá, en el correcto uso del lanzador múltiple eléctrico VENOM, de tal forma que la institución los acredite como personas idóneas para la manipulación, uso y accionar del arma no letal en momentos que se requiera dispersar gran cantidad de personas en aras de restablecer el orden público.

Acreditado el cumplimento de las dos órdenes antecedentes, se podrá volver a utilizar el lanzador múltiple eléctrico en la ciudad de Popayán, pues solo así se podrá garantizar que el artefacto es no letal no solo por su denominación y clasificación sino también porque su uso así lo corrobora.

Vea acá la sentencia completa

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