Jueces que liberaron al general Uscátegui se basaron en lo que exige la JEP
El juez consideró que él ya cumplió 16 años de condena, es decir diez más de la pena efectiva que fija como mínimo la norma, pero su caso entrará a revisión tan pronto se instale la nómina de jueces especiales de paz.
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En el año 2009, el General Jaime Humberto Uscátegui fue condenado por el Tribunal Superior de Bogotá a 37 años de prisión por no haber impedido que paramilitares de Carlos Castaño perpetraran la masacre de al menos 49 personas en Mapiripán, Meta, en 1997, cuando Uscátegui era el comandante de la Séptima Brigada del Ejército. En junio de 2014, la sala de Casación Penal de la Corte Suprema dejó en firme la condena por omisión impropia de los homicidios y secuestros perpetrados. En el fallo afirmó que cuando empezó la masacre, el general sabía lo que estaba a punto de ocurrir porque había sido enterado por un subalterno.
El sometimiento de la población se prolongó hasta el 20 de julio, y solo el 21 llegaron los militares. Se considera que el Estado abandonó a la población civil.
El pasado 22 de marzo, el secretario ejecutivo de la JEP, Néstor Raúl Correa, llegó a la escuela de infantería del ejército en el norte de Bogotá, donde estaba recluido Uscátegui, y le entregó el formato que debía diligenciar si quería acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz.
Un mes después de firmar el compromiso, un Juez de Ejecución de Penas ordenó verificar si existían investigaciones, procesos penales o condenas pendientes contra el General.
El 4 de mayo, la dirección de la cárcel La Picota de Bogotá, entregó la documentación para su redención de penas, y al día siguiente, el juez 21 de ejecución de penas ordenó su libertad condicional. El despacho consideró que el oficial que estuvo 16 años preso, cumplía con los requerimientos exigidos por la Justicia Especial para la Paz.
En febrero pasado, el Ministro de Defensa y el Comandante del Ejército les explicaron insistentemente a policías y militares activos, retirados y detenidos que dentro de la JEP no iba a ser un riesgo el artículo 28 del Estatuto de Roma que se refiere a la responsabilidad que adquieren los comandantes sobres los delitos cometidos por sus subalternos.
Sobre este tema, la defensa de Uscátegui siempre dijo que la jurisdicción de la Brigada que estaba bajo su mando, no llegaba hasta Mapiripán.
El Tribunal Especial de Paz, que todavía no ha sido conformado, tomará la decisión final sobre la responsabilidad que tuvo o no el General sobre los militares asignados a la zona donde se llevó a cabo la masacre. Uscátegui no reconocerá su responsabilidad sino que solicitará la revisión de su condena por considerarse inocente.