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JEP pide información sobre bienes y activos a ‘Timochenko’ y a ‘Pastor Alape’

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La Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP les pidió a Rodrigo Londoño Echeverri, ‘Timochenko’, y a José Lisandro Lascarro, ‘Pastor Alape’, que en un plazo máximo de 30 días hábiles entreguen información detallada sobre los bienes y activos de las Farc.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) adoptó varias decisiones para establecer con exactitud la cantidad de bienes y activos de las antiguas Farc y proteger dichos bienes, con destino a la reparación de las víctimas del conflicto armado.

Los magistrados de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad tomaron las siguientes decisiones a través del Auto de Trámite 02 del 21 de agosto de 2018:

Se busca tener plena claridad sobre la cantidad de bienes y activos entregados por las Farc para la reparación de sus víctimas, sobre aquellos que están en proceso de extinción de dominio, sobre sus actuales administradores, entre otros aspectos.

También se decidió vincular al proceso a la Fiscalía General de la Nación y le dio un plazo de 30 días hábiles para que le informe a la JEP sobre la clasificación y relación de bienes y activos de las antiguas Farc-EP que se encuentren en extinción de dominio, con o sin medidas cautelares; para que informe sobre los bienes y activos no inventariados; para que reporte las amenazas, pérdidas y deterioros de los mismos, entre otras.

En el caso de Alape, el auto señala que hay “falta de correspondencia entre el total del inventario presentado por el Secretariado de las Farc-EP (…) y por el suscrito el 15 de febrero de 2018 en el escrito de solicitud de medidas cautelares”.

Respecto a Rodrigo Londoño Echeverri, el auto de la JEP le pide que identifique e individualice todos los bienes y activos, que informe sobre sus matrículas inmobiliarias, que indique su ubicación exacta y que describa sus linderos.

Para finalizar el auto les da un plazo de 15 días hábiles a las organizaciones de víctimas para que se “pronuncien sobre la solicitud de medidas cautelares invocada por la UIA, la cual involucra la reparación material, en el marco de la reparación integral”.

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