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Uno, Dos, Tres

Dos | La Corte Suprema hace nuevas advertencias sobre las pensiones

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La Corte Suprema de Justicia advirtió que los cotizantes de pensión no podrán solicitar la devolución de saldos, salvo en casos excepcionales. 

La corporación estableció que la devolución de saldos únicamente puede darse cuando se verifique que el afiliado no podrá acceder a una pensión por vejez, es decir, que llegue a la edad de retiro y no pueda cumplir el requisito de semanas cotizadas.

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La Corte advierte que «no es procedente» que se devuelva el capital en los casos que exista una posibilidad o alternativa para que los usuarios accedan a la mesada pensional.

Finalmente, el alto tribunal recordó que el acceso a la pensión es la máxima expresión de protección de la seguridad social.

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