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Consejo Electoral avala listas de solo mujeres y revoca listas de solo hombres

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En un hecho sin precedentes que busca combatir la discriminación histórica que en Colombia han tenido las mujeres para participar como candidatas en política, el Consejo Nacional Electoral avaló, este miércoles, 17 listas a corporaciones públicas como asambleas, concejos municipales y juntas administradoras locales” que están integradas solo por mujeres.

“Para tomar esta determinación, consideramos que el Artículo 28 de la Ley 1475 o Ley de Partidos, es una acción afirmativa a favor de las mujeres dirigida a eliminar las brechas frente a un grupo que constituye más de la mitad de la población colombiana y que, históricamente, ha sido discriminado”, explicó el magistrado Hernán Penagos, presidente del Consejo Nacional Electoral.

Aunque el Artículo 28 de la Ley de Partidos dice taxativamente que: “Las listas donde se elijan cinco o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta -exceptuando su resultado- deberán conformarse por mínimo un 30 % de uno de los géneros”, el Consejo Electoral revocó la inscripción de 32 listas integradas solo por hombres, inscritas para las elecciones regionales de octubre próximo.

“Entendemos que el fundamento que tuvo en cuenta el Legislativo para establecer la norma que incluyó el requisito de mínimo el 30 % como equidad de género, lo que busca es combatir la discriminación que ha existido contra las mujeres en el momento de participar en política, y por ello no consideramos que la decisión que adoptamos, en el Consejo Electoral, lesione el derecho de los hombres, sino que fortalece el de las mujeres para que puedan competir en igualdad de condiciones”, argumentó la magistrada Doris Méndez, única mujer del Consejo Nacional Electoral, en donde comparte labores con nueve magistrados hombres.

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