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Concejal no tendrá que rectificarse por llamar ‘vendedor de buses’ al alcalde de Bogotá

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Concejal no tendrá que rectificarse por llamar ‘vendedor de buses’ al alcalde de Bogotá

Al fallar una tutela la Corte Constitucional advirtió que los derechos a la honra y buen nombre no se vulneran cuando se hacen opiniones sobre asuntos de interés público que tengan vocación de veracidad.

El alto tribunal indicó las libertades de expresión del pensamiento y la opinión y de información, amparadas por el discurso político, “goza de un especial nivel de protección por su importancia para la democracia, la participación y el pluralismo” por lo que no se puede considerar que afecten la honra de una persona.

Este pronunciamiento lo hizo la Corporación Judicial, al negar una tutela con la que el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, buscaba que el concejal de Bogotá, Manuel Sarmiento, se retractara por haberle dicho que mejor se dedicara a “vender buses”, pero la Corte, determinó que el concejal “cumplió la mínima carga de constatación de la información que le daba sustento a lo expresado”.

Señaló que precisamente los hechos tuvieron lugar, durante el debate del proyecto “por el cual se autoriza un cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital”.

En esa sesión, el concejal hizo la siguiente afirmación: “Pero el alcalde Peñalosa insiste en eso y recordemos es un alcalde que en los últimos diez años trabajó para una organización que se llama el ITDP, donde ganó alrededor de 430.000 dólares por promover y vender los sistemas tipo transmilenio por todo el mundo”.

Esa información fue reproducida en la cuenta de Twitter del citado concejal así: “Transmilenio por la 7 es una aberración urbana que promueve un alcalde al que le pagaron 500.000 dólares por vender buses por todo el mundo”.

El alcalde accionante expuso que esa información es falsa, dado que “la Institución para el Desarrollo y las Políticas de Transporte (ITDP por sus siglas en inglés) no se dedica a “vender buses” ni a “vender los sistemas de tipo Transmilenio”, sino que su misión es asistir a las ciudades en el diseño e implementación de sistemas de transporte de alta calidad, y dentro de las alternativas que pueden combinarse para mejorar la movilidad de las ciudades se encuentran los sistemas de Buses de Tránsito Rápido como el sistema Transmilenio implementado en Bogotá”.

El alcalde solicitó el amparo de sus derechos fundamentales a la honra y buen nombre; sin embargo, su pretensión fue negada al indicarse que se acreditó en este caso con documentos, “que el Alcalde Mayor de Bogotá prestó sus servicios profesionales a una empresa dedicada a la promoción de sistemas de movilidad, entre los cuales se cuentan los que funcionan a partir de buses rápidos”.

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