Caso de Palacio y Herminsul Arellán comparten la misma jueza
La misma juez que concedió la libertad a Herminsul Arellán fue la que se la negó a Diego Palacio, sus razones fueron jurídicas porque el primero había cumplido el término mínimo en prisión para aplicar por los beneficios, pero el segundo no.
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La misma jueza que le negó la libertad condicionada que concede la Jurisdicción de Paz, JEP, al exministro de Protección Social Diego Palacio, fue quien dejó libre al guerrillero Herminsul Arellán condenado por el atentado al club El Nogal en 2003, pero no lo hizo arbitrariamente según consta en las decisiones que firmó, sino basándose en los requisitos que impuso ese sistema especial.
Mientras Diego Palacio jurídicamente no cumplió los requisitos porque para aspirar a tener un periodo de libertad mientras los magistrados de la JEP lo entrevistan y revisan su caso, debe haber cumplido mínimo cinco años de su pena en prisión, apenas llevaba dos. Además, el acta de compromiso tampoco cumplía con el reglamento. Entre tanto, el exguerrillero Herminsul Arellán sí tuvo el lleno de las exigencias de la ley, pues estuvo seis años en la cárcel.
“Ha permanecido privado de la libertad por un espacio superior a 5 años, toda vez que se halla detenido desde el 5 de marzo de 2011”, indicó Ana Cecilia Camacho, jueza 29 de ejecución de penas sobre Arellán.
Además el juzgado comprobó que el delito por el que se le condenó, tenía relación directa con el conflicto armado.
“Se corroboró que el penado para tal época era militante o por lo menos colaborador de las Farc, porque así se deduce de la misma sentencia y así lo corroboró el Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la República”, agregó la jueza.
El nombre de Arellán, además fue reconocido por las Farc el pasado 27 de febrero en el listado oficial que envió a la Secretaría de la JEP y firmó el acta de compromiso para decir la verdad en el documento oficial, a diferencia de Diego Palacio.
Arellán había pedido también que le perdonaran la condena de 38 años a través de la amnistía, pero esa petición fue negada porque, según el criterio de la jueza, en la JEP los delitos de terrorismo y homicidio agravado no son indultables, pero dejó el análisis de este caso a los magistrados especializados.
“Se negará para que la sala respectiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, quien en su oportunidad legal se encargue del asunto” indicó la jueza, refiriéndose a la solicitud de Arellán.
De otra parte, la responsable del atentado con artefacto explosivo cerca de las instalaciones de Caracol Radio en Bogotá, Yolanda Martínez Motta, quedó libre hace tres días. La mujer fue condenada a 20 años de cárcel por transportar y entregar los explosivos utilizados en agosto de 2010. Su compañero en el atentado, William Rodríguez, saldría el 15 de mayo.
Así mismo Jaisson Murillo Pachón uno de los condenados por el acto terrorista con una bicicleta –bomba en enero de 2002 en el barrio Fátima de Bogotá y en el que murió una niña y cuatro policías, ya salió, está fuera de la cárcel. Ante las críticas y protestas de algunas víctimas de un lado y del otro por estas órdenes de libertad, la JEP advirtió que se trata de un proceso de transición que no permite inferir que ellos hayan sido declarados inocentes. Y que, en cuanto se instalen los tribunales, serán llamados a declarar. Si no aportan verdad, y prometen perdón y reparación, regresarían a prisión.