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Alcalde Enrique Peñalosa ganó tutela en la Corte Constitucional

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La Sala Plena de la Corte Constitucional acogió la tutela que presentó el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, en contra de la Registraduría Distrital y el Consejo Nacional Electoral en la cual solicitaba que se le respetaran sus derechos al debido proceso, de defensa y a ser elegido dentro del trámite de revocatoria que se adelanta en su contra.

El alto tribunal tomó la decisión al considerar que a Peñalosa Londoño, tanto la Registraduría Distrital como el Consejo Nacional Electoral le vulneraron sus derechos toda vez que no se le ha garantizado su derecho a la información y el derecho de defensa, clave dentro del debido proceso.

La corporación judicial explicó que tanto los ciudadanos y el alcalde tienen el derecho a conocer las razones que motivan la solicitud de revocatoria y a defenderse y controvertir sobre ellas.

“Los primeros, con el fin de informarse suficientemente al respecto y de esta manera lograr su consentimiento informado, lo cual es un presupuesto para la genuina deliberación democrática. El segundo, a efectos de controvertir los motivos que sustentan la iniciativa y, de esta manera, lograr que su derecho de defensa sea eficaz”, señaló.

Agregó la Corte que el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría omitieron su deber constitucional de dar eficacia a los derechos de información y de defensa en el trámite de los procesos de revocatoria. Por ende, es necesario proteger estas garantías conculcadas al alcalde, a través de la previsión de instancias para que pueda controvertir las razones que sustentan las iniciativas.

No obstante, la Corte afirmó que existe un vacío legal en relación con la reglamentación dirigida a garantizar el control de la motivación de las iniciativas, por lo que le solicitó al Congreso regular la materia a través de una ley estatutaria.

“La Corte exhorta al Congreso de la República para que adopte las normas estatutarias que, en el marco de la revocatoria del mandato, instauren mecanismos que garanticen los derechos fundamentales en tensión y, en especial, los derechos de información y defensa, en los términos antes señalados. A la vez se prevé que, para el caso concreto, estas instancias deberán garantizarse a través de audiencias públicas temáticas, transparentes y objetivas, en las que la ciudadanía pueda conocer las razones específicas que motivan la revocatoria, y el alcalde exprese los argumentos que las desvirtuarían, de ser el caso”, indicó.

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