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Decisión 2018

De la Calle consulta al Consejo Electoral si tiene que reembolsar los gastos de la consulta liberal

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La campaña del candidato liberal Humberto de la Calle, elevó esta tarde una consulta al Consejo Nacional Electoral, preguntando si está obligado o no a reintegrar a la organización electoral los gastos en que incurrió para llevar a cabo la consulta popular del 19 de noviembre de 2017.

Además, pide que el Consejo diga si observa o no algún inconveniente legal en caso de que las dos campañas hagan alianza.

De la respuesta a esa consulta, dependerá la unión de los candidatos Sergio Fajardo apoyado por la coalición Colombia y Humberto de la Calle, respaldado por una coalición del Partido Liberal y la Alianza Social Independiente, ASI.

La campaña liberal hizo llegar sus inquietudes al consejo electoral mediante un escrito que firmo la gerente, Ligia Rodríguez.

La comunicación recuerda que en la consulta popular, se hizo la siguiente pregunta:

¿Cuál de los siguientes ciudadanos liberales, elige usted como candidato del Partido Liberal Colombiano para qué participe en una consulta interpartidista que elija el candidato único en coalición o para ser el candidato único del Partido Liberal Colombiano en la elección de presidencia de la república a celebrarse el 27 de mayo de 2018?

Este punto fundamenta el argumento del señor De la Calle que sostiene que está autorizado por los ciudadanos que votaron en la consulta, para participar en consultas interpartidistas o en alianzas.

El siguiente es el mensaje que envió la campaña del candidato liberal al Consejo Nacional Electoral:

HECHOS
  1. Mediante Resolución 2152 del 29 de agosto de 2017 el Consejo Nacional Electoral fijó la fecha para la realización de las consultas populares, internas e interpartidistas a realizar por parte de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos, la que quedó para el día 19 de noviembre de 2017.
  2. El Partido Liberal Colombiano, fue el único Partido que finalmente acudió a este mecanismo propuesto por el Consejo Nacional Electoral, y realizó la consulta popular en la que participo el Dr. Humberto de la Calle y el Dr. Juan Fernando Cristo; y en la cual se planteó la siguiente pregunta:
    ¿Cuál de los siguientes ciudadanos liberales, elige usted como candidato del Partido Liberal Colombiano para qué participe en una consulta interpartidista que elija el candidato único en coalición o para ser el candidato único del Partido Liberal Colombiano en la elección de presidencia de la república a celebrarse el 27 de mayo de 2018?
  3. De la anterior consulta, fue elegido el Dr. Humberto de la Calle con una votación superior a la del Dr. Juan Fernando Cristo, razón por la cual se convirtió en el candidato único del Partido Liberal Colombiano.
  4. En el mes de febrero de 2018 se inscribió ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, la candidatura presidencial del Dr. Humberto de la Calle, por el Partido Liberal Colombiano, y de su vicepresidente la Dra. Clara López, representante del partido Alianza Social Independiente.
  5. Por otra parte en la contienda electoral, se encuentra la denominada “Coalición Colombia”, liderada por el Dr. Sergio Fajardo (Partido Compromiso Ciudadano); Dra. Claudia López (Partido Alianza Verde) y Dr. Jorge Robledo ( Partido Polo Democrático Alternativo)
  6. Como resultado de la coalición mencionada, los partidos Compromiso Ciudadano, Alianza Verde y Polo Democrático Alternativo determinaron que el Dr. Sergio Fajardo sería su candidato presidencial, sin agotar una consulta interpartidista.
  7. Posteriormente, el día 28 de febrero de 2018, el Dr. Sergio Fajardo, anuncio como su fórmula vicepresidencial a la Dra. Claudia López, y de ese modo, inscribió su candidatura presidencial ante la Registraduría Nacional del Estado Civil el pasado 7 de marzo de 2018. 
PETICIÓN 

Con base en los anteriores fundamentos facticos, en especial, bajo la pregunta formulada en la Consulta Popular llevada a cabo el 19 de noviembre de 2017 en la que participó el Partido Liberal Colombiano; en la situación hipotética en que se realice una alianza interpartidista entre el candidato del Partido Liberal, Dr. Humberto De la Calle y candidato de la Coalición Colombia, el Dr. Sergio Fajardo; surgen las siguientes inquietudes jurídicas, que solicito sean resueltas con la mayor celeridad posible:

  1. ¿El Partido Liberal o el Candidato Humberto De la Calle está o no obligado, a reintegrar a la Organización Electoral los gastos en que esta incurrió, para llevar a cabo la consulta popular del Partido Liberal del 19 de noviembre de 2017?
  2. En la hipótesis de una alianza como la mencionada, se consulta si se observan algún otro tipo de inconvenientes o consecuencias legales que la Campaña Presidencial de Humberto de la Calle y la Campaña de Sergio Fajardo debe observar y tener en cuenta.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Respecto del caso en mención, cabe precisar el inciso tercero del artículo 7 de la Ley 1475 de 2011, que regula sobre las Consultas como mecanismo de democracia interna, e indica en su tenor literal:

Artículo 7: Obligatoriedad de los resultados. (…)
En caso de incumplimiento de los resultados de las consultas o en caso de renuncia del candidato, los partidos, movimientos y/o candidatos, deberán reintegrar proporcionalmente los gastos en que hubiere incurrido la organización electoral, los cuales serán fijados por el Consejo Nacional Electoral con base en los informes que presente la Registraduría Nacional del Estado Civil. Estas sumas podrán ser descontadas”.

Es de tenerse en cuenta, que el Dr. Humberto de la Calle Lombana fue elegido por elección popular, como candidato del Partido Liberal Colombiano para participar en una consulta interpartidista que elija el candidato único en coalición o para ser el candidato único del Partido Liberal Colombiano en la elección de Presidencia.

Es de su competencia conocer de la presente petición, de conformidad con lo señalado en el artículo 265 de la Constitución Política de Colombia.

Carlos Ruiz – Sistema Informativo Canal 1 

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