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Uno, Dos, Tres

Uno | Colombianos acusados de delitos podrán trabajar en la Procuraduría General de la Nación

La Corte tumbó dicha disposición al considerar que «desconoce el derecho a acceder y ejercer cargos públicos en la Procuraduría

El alto tribunal tumbó una disposición del Decreto 262 del año 2000, sobre la estructura de la Procuraduría General de la Nación, que establecía una inhabilidad para que ningún colombiano acusado de delitos pudiera trabajar con el ministerio público.

El artículo 85 de dicho decreto establece que «no podrán desempeñar empleos en la Procuraduría General […] quienes hayan sido afectados por resolución de acusación o su equivalente».

La Corte, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, tumbó dicha disposición al considerar que «desconoce el derecho a acceder y ejercer cargos públicos en la Procuraduría General de la Nación». El alto tribunal indicó que también desconoce el derecho a la presunción de inocencia de los afectados.

«Existen otros medios adecuados para determinar la idoneidad de una persona para desempeñarse en un cargo en la Procuraduría», puntualiza la decisión.

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