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Uno, Dos, Tres

Uno | Jalón de orejas de la Corte Constitucional a los empleadores sobre ciertas exigencias que hacen

La Corte Constitucional les acaba de decir a todos los empleadores del país que tienen prohibido exigir la realización de exámenes médicos como condición para contratar nuevos empleados.

La decisión corresponde al fallo de una tutela interpuesta por una ciudadana, quien aspiraba a ingresar a una empresa y a quien se le exigió la presentación de una prueba de embarazo. La mujer no fue informada del resultado del examen, pero su contratación fue negada. Posteriormente, ella se enteró de que cuando le hicieron la prueba tenía dos meses de embarazo.

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El fallo de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alberto Rojas, advierte que los empleadores no pueden pedir este tipo de exámenes; solo podrán ordenarlo en los casos en los que se demuestre que en la labor por desempeñar se va a poner en riesgo la vida de la madre gestante o de su hijo.

Y va más allá la Corte: indica que los exámenes de ingreso deben realizarse respetando la intimidad de los trabajadores y siempre con consentimiento previo del aspirante a ser contratado.

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