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La Corte Constitucional dictó hoy una sentencia que puede ser histórica: es un fallo sobre los insultos en redes sociales.
El caso fallado es este: un directivo del Hospital Universitario de Santander solicitó derecho de amparo a su buen nombre y honra porque consideraba que esos derechos habían sido vulnerados por una empleada que publicó una fotografía suya en Facebook, sobre la que decía que este funcionario pertenecía a una red de corrupción.
La Corte estudió el caso y consideró que la empleada del hospital tenía derecho a la libre expresión y este no puede ser vulnerado. En la sentencia, la Corte explica que las «ofensas» son permitidas, si son hechas en modo de protesta; es el caso del exalcalde Mockus hoy, en un homenaje a las víctimas en el Congreso. En su fallo de hoy, la Corte dice, precisamente, que son expresiones de opinión, no que realmente los mencionados sean lo que dijo Mockus.