Tumban aparte de ley que prohibía la entrada de comunistas al país
- Colombia en alerta: posible ciclón tropical en el Caribe activa protocolos en el país
- ‘Atenas Sudamericana’ y otros apodos curiosos de las principales ciudades de Colombia
La Corte Constitucional tumbó el punto D del artículo 7 de la Ley 48 de 1920 que prohibía la entrada al país de comunistas y anarquistas al considerar que violaba los derechos de los extranjeros.
La demanda fue presentada por la Procuraduría General de la Nación que argumentó violación de la Constitución Nacional y del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, los cuales contemplan que un extranjero debe ser tratado igual que un nacional.
Según el ministerio público, es legítimo que los países regulen, diseñen y establezcan mecanismos para el ingreso de extranjeros a su territorio, pero no pueden lesionarla dignidad humana.
La Corte Constitucional le dio la razón a la Procuraduría y decidió declarar inexequible ese aparte de la ley porque, como lo explica el demandante, no se puede tener un trato desproporcionado y discriminatorio con los extranjeros partidarios de corrientes comunistas que ingresen al país, con pretexto de la protección nacional.