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Salvavidas para los más ricos en la reforma tributaria

Salvavidas para los más ricos en la reforma tributaria

La ley de financiamiento que lidera el Gobierno nacional ha tenido un mensaje reiterativo: “que las personas que ganan más pagarán más”.

Esta premisa se basa en el incremento de las tarifas del impuesto a la renta de las personas de mayores ingresos que, según la propuesta, llegarían a una tarifa máxima de 37 %.

El Gobierno refuerza su mensaje reviviendo el impuesto al patrimonio para los contribuyentes con un mínimo de $ 3.000 millones en patrimonio.

Sin embargo, en la redacción del régimen de mega inversiones se estaría generando un salvavidas para las personas con mayores ingresos en la tributaria del presidente Iván Duque.

Este mecanismo plantea que a partir del primero de enero de 2019, los contribuyentes del impuesto sobre la renta que generen 50 empleos y realicen inversiones por $ 1.7 billones antes de 2024 tendrá un tratamiento tributario especial.

El director de la Dian, José Andrés Romero, señala que el régimen de mega inversiones lo concibe como un beneficio para las empresas y una oportunidad para lograr consolidar inversiones en regiones vulnerables como La Guajira.

Pero al mirar el artículo 58 de la reforma tributaria sobre los beneficios que tendrán los que se acojan al régimen de mega inversiones se lee: “la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios para los contribuyentes que realicen nuevas inversiones, sean personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes, será del 27 %”.

Y aunque el Gobierno insiste en que el régimen no fue pensado para las personas naturales, su articulado evidencia otra cosa.

En el numeral tres y cinco de ese mismo artículo 58 plantea que las personas naturales gozarán del beneficio de no pagar el impuesto al patrimonio ni tampoco de estar sujetos al sistema de renta presuntiva.

Vale señalar que la renta presuntiva es una base gravable que la administración tributaria (Dian) fija a un patrimonio y por el que se debe pagar en el impuesto de renta. En otras palabras, es la estimación que le hace la Dian de lo que generaría ese patrimonio.

Entonces, la persona que tiene los ingresos más altos y que se acoja al régimen de mega inversiones ni pagará la tarifa plena de impuesto de renta ni tampoco pagará impuesto al patrimonio definido por un contrato de estabilidad tributaria por un período de 20 años.

“La reforma no genera ninguna distinción entre personas naturales y jurídicas para el régimen de mega inversiones, por lo que una persona natural podría pasar de una tarifa del 37 al 27 por ciento”, señala María Consuelo Torres, socia de impuestos de KPMG.

Otras preocupaciones

Este régimen tributario también tiene inquietos a los inversionistas y representantes de las zonas francas del país.

Según la directora de la Cámara Colombo Americana, María Claudia Lacotoure, el régimen de mega inversiones pondría a competir a los inversionistas sobre los beneficios que recibiría en una figura u otra.

“Nosotros vemos con preocupación que se le quiera cambiar las reglas de juego a las zonas francas”, anotó Lacotoure.

Vale señalar que el régimen de mega inversiones no aplica para las empresas de los sectores de hidrocarburos y minería. Tampoco a las empresas que tengan proyectos de infraestructura en cualquiera de sus modalidades de contratación con el Estado ni las operadoras de las zonas francas.

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