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Procuraduría pide a Registraduría revocar inclusión de Belén de Bajirá en censo electoral de Antioquia

Procuraduría pide a Registraduría revocar inclusión de Belén de Bajirá en censo electoral de Antioquia

La Procuraduría General de la Nación, le solicitó al registrador nacional, Juan Carlos Galindo Vacha, revocar la decisión que ordenó el traslado del censo electoral de los corregimientos de Belén de Bajirá, Macondo, Blanquiset y Nuevo Oriente, en Chocó, a los municipios antioqueños de Mutatá y Turbo.

La Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales de la Procuraduría, ante la disputa territorial entre Antioquia y Chocó sobre esos corregimientos, precisó que frente a las decisiones del Congreso de la República y del IGAC y mientras se resuelven acciones ante el Consejo de Estado, se debe cumplir la orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que en un fallo de tutela pidió a la Registraduría adelantar las actuaciones administrativas necesarias para que los corregimientos de Belén de Bajirá, Macondo, Blanquiset y Nuevo Oriente, puedan participar en el proceso electoral por la circunscripción de Chocó.

”De conformidad con los antecedentes hasta aquí expresados, se solicita de manera respetuosa al señor registrador nacional entrar a considerar y, en consecuencia, dejar sin efecto la decisión adoptada mediante Oficio 0320 del 27 de agosto de 2019, por cuanto lo ordenado por esta autoridad electoral modifica territorialmente las circunscripciones electorales de los departamento de Antioquia y Chocó en relación con los corregimientos de Belén de Bajirá, Macondo, Blanquiset y Nuevo Oriente y, por ende, incide sobre el censo electoral, resultando dicha decisión contraria a la orden proveniente de la autoridad judicial donde se especificó que los ciudadanos aptos para votar pertenecientes a dichos corregimientos hacían parte de la circuición del departamento del Chocó. En consecuencia, se solicita restablecer las circunscripciones electorales a las mismas circunscripciones de territorialidad previstas el fallo de tutela del 20 de febrero de 2018, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B”.

Para el ente de control la decisión de la Registraduría de aplicar la excepción de inconstitucionalidad y apartarse de lo ordenado por el tribunal, desborda el ordenamiento jurídico, en la medida que afecta la democracia participativa de las comunidades asentadas en los 4 corregimientos y en particular, desatiende lo dispuesto por esa autoridad judicial.  

”Las decisiones asumidas por la Registraduría Nacional pueden desbordar el ámbito de su competencia, al dejar de lado el fallo de la tutela en mención y, contrario sensu, atender de plano las pretensiones del Gobernador de Antioquia contenidas en la solicitud de 29 de julio de 2019”.

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