Mantienen investidura del senador Gustavo Bolívar
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El Consejo de Estado negó una solicitud de pérdida de investidura contra el senador Gustavo Bolívar, a quien se le acusó de incurrir en conflicto de intereses, por haber participado en el trámite de aprobación de una reforma tributaria que estableció mecanismos de alivio a los deudores del sistema tributario, cambiario y aduanero (consagrado en numeral 1° del artículo 183 de la Constitución Política).
Según la demanda, el congresista participó en el trámite de un proyecto de ley que contenía beneficios tributarios que le favorecían sin haber manifestado ningún impedimento (proyecto de Ley 278/19 Cámara – 227/19 Senado, que a la postre se convirtió en la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019).
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El accionante indicó que, gracias a esta modificación legislativa, el parlamentario pudo acogerse a un acuerdo para la terminación de procesos administrativos a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para ponerse al día en sus obligaciones sin tener que pagar intereses. El demandante sostiene que el congresista tenía plena consciencia de que se beneficiaría de la iniciativa y que, por esa razón, debía declararse impedido, para no incurrir en la causal de desinvestidura.
Para la sala, no está demostrado que el accionado hubiera incurrido en la causal de conflicto de intereses. Concluyó que no se probó que, con su participación en la aprobación del proyecto de ley, el parlamentario hubiera perseguido algún beneficio para sí, su cónyuge, compañero o compañera permanente, o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o de sus socios.
Lo anterior, en la medida en que no se evidenció que existieran procesos administrativos tributarios, cambiarios o aduaneros que involucraran a alguna de las personas señaladas, mucho menos una en la que se les hubiere dictado pliego de cargos o sanciones.
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Por estas razones, el Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura del senador Gustavo Bolívar. Aclaró que las normas aprobadas contienen mandatos de carácter general, para toda la población, de los cuales no puede predicarse una ventaja particular para congresistas, sus familiares o allegados del cual no puedan beneficiarse los demás ciudadanos.
Además, aclaró que el senador se declaró impedido para participar de este debate, pero este fue negado por la Comisión Tercera y la Plenaria del Senado. Esto le impedía sustraerse de su deber de hacer parte del proceso de formación de la ley, so pena de incurrir en una violación de sus deberes constitucionales y legales.
Tampoco puede desconocerse que, luego de habérsele negado el impedimento, el legislador presentó una proposición conjunta para su archivo, por considerarlo inconveniente para las finanzas de la Nación y, en todo caso, votó negativamente el proyecto.
Contra este fallo de primera instancia de la Sala 9ª Especial de Decisión de la Sala Plena Contenciosa proceden los recursos de ley.