Corte ordena al Congreso tramitar la suspensión del senador Álvaro Uribe
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La Corte Suprema de Justicia le notificó al Congreso sobre la medida de aseguramiento de detención domiciliaria impuesta al expresidente y senador Álvaro Uribe, en una comunicación en la que pidió aplicar el artículo 134 de la Constitución que señala la necesidad de reemplazar al funcionario cobijado con una medida de aseguramiento por constituirse en una falta temporal.
En un escrito enviado este martes al presidente del Congreso, Arturo Char, la Sala de Instrucción de la Corte notificó formalmente acerca de la medida de aseguramiento de detención domiciliaria impuesta al expresidente y senador y ordenó tramitar lo que dispone el artículo 134 de la Constitución el cual indica que en casos de faltas absolutas o temporales causadas por una medida de aseguramiento debe reemplazarse al miembro de la corporación pública.
La comunicación firmada por el presidente de la Sala de Instrucción de la Corte, magistrado Héctor Alarcón, se remitió tras haber quedado en firme la detención domiciliaria y ante la no apelación por parte de la defensa del senador Uribe Vélez.
Adicionalmente, la Corte Suprema le pidió al presidente del Senado que le informe una vez haya cumplido el trámite tal y como señala la Constitución.
El presidente del Senado le remitió la comunicación de la Sala de Instrucción de la Corte a la Comisión de Ética del Congreso para que proceda con el trámite ordenado por los magistrados.
El senador Álvaro Uribe Vélez, líder del Centro Democrático, es investigado por los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal.