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Política

Ajustes a la ‘prestación de servicios’: Estos son los cambios en los controles de la contratación pública

Ajustes a la ‘prestación de servicios’: Estos son los cambios en los controles de la contratación pública
Foto: pxhere

La jefe de Gabinete Presidencial, Maria Paula Correa, dio a conocer la expedición de una directiva firmada por el mandatario Iván Duque en donde se anuncian cambios a los procesos de contratación pública.

Dentro del documento, se ajustan lineamientos frente a los contratos por prestación de servicios y de apoyo a la gestión, para este 2022.

La carta fue remitida a los directores de Departamentos Administrativos que son entidades de la Rama Ejecutiva. Es decir, a aquellos sectores del Gobierno que deben velar por el control en las condiciones de suscripción de estos pactos.

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Condiciones para la prestación de servicios

En su primer apartado, el documento menciona que, antes de contratar a una personas -sea natural o jurídica- por prestación de servicios, se debe verificar si esa persona tiene suscritos contratos de esa misma naturaleza con el Estado.

‘(El contratante) deberá apoyarse en las plataformas tecnológicas del Estado disponibles, tales como, el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP– y el Portal Anticorrupción de Colombia – PACO’, cita el archivo.

La Presidencia argumenta que este proceso se va a tener en cuenta a fin de verificar la ‘capacidad e idoneidad’ de la persona para trabajar bajo este tipo de vinculación contractual.

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Por otro lado, la directriz constata que el Sistema de Información de Gestión del Empleo Público (SIGEP), deben tener registro de todas las personas que vayan a ser contratadas, en su página web.

‘El Departamento Administrativo de la Función Pública deberá garantizar que la plataforma SIGEP permita el diligenciamiento integral de los campos obligatorios que se encuentran establecidos por la normativa vigente’. informa la Presidencia.

Otras condiciones dentro de la directriz, tienen que ver con las entidades estatales ‘indistintas de su régimen contractual’, las cuales están obligadas a publicar en la plataforma de SECOP las información oficial del contrato a suscribir.

Del mismo modo, la Agencia Nacional de Contratación Pública (ANCP) deberá enviar a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) un informe en el periodo solicitado por la ANCP, con el fin de que esta última cumpla con las contribuciones parafiscales del contratado.

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