Ponencia en la Corte pide el regreso de los niños a las clases presenciales
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La Corte Constitucional estudia una ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pide el retorno de los niños y niñas a las clases presenciales en todo el país “a la mayor brevedad posible”.
La ponencia además establece que, en caso de que se vuelvan a decretar nuevas medidas de aislamiento social, las autoridades deberán proveer lo necesario para garantizar la educación virtual de los estudiantes.
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El Ministerio de Educación y las entidades territoriales deberán otorgar las herramientas necesarias para garantizar la conectividad de los estudiantes para que “puedan desarrollar sus estudios en un modelo de virtualidad, esto incluye dispositivos tecnológicos y acceso a internet” y también el ajuste de los programas educativos que reciban los niños bajo la nueva realidad.
Según el proyecto de decisión, que aún no ha sido aprobado y que de momento está en empate 4 a 4 en la Corte, a más tardar en tres meses se debe culminar la vacunación de los docentes, personal administrativo y estudiantes mayores de 12 años. También se deberán implementar protocolos de bioseguridad para garantizar la permanencia segura de los estudiantes.
Esta ponencia está relacionada con el estudio de tres tutelas presentadas por los padres de estudiantes de colegios de Bogotá que cuestionaron que “sus hijos no han podido acceder a la educación, por no tener equipos de cómputo ni acceso a internet”. Las tutelas advertían que las familias no están en la capacidad de comprar computadores o tabletas o para pagar por servicios de internet.
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El proyecto de fallo en la Corte le ordena al Gobierno formular, en un término de cuatro meses, una política pública educativa que incorpore las nuevas dinámicas de la pandemia, que hable de educación presencial, virtual o en alternancia.
En la ponencia, la Corte hace una mención al contrato para dotar de internet a las escuelas rurales del país, que fue caducado por orden del Ministerio de las TIC.
“La Sala Plena advierte que el Ministerio de las TIC declaró la caducidad del contrato 1043 de 2020 celebrado con la Unión Temporal Centros Poblados, por incumplimiento, mediante Resolución 01747 del 19 de julio de 2021, confirmada el 13 de agosto del mismo año. Decisión que supone un atraso importante en la implementación de las iniciativas presentadas por el Ministerio como necesarias para garantizar la conectividad en las instituciones educativas rurales. Por lo que, aunque la Corte reconoce los esfuerzos del Ministerio en materia de conectividad en educación, también advierte que estos se han visto frustrados, en tanto que, esta decisión reproduce los problemas estructurales en conectividad del país, sin una solución viable en el corto plazo”; puntualizó el alto tribunal.