Sin previo aviso, minTrabajo radicó nuevo proyecto de reforma laboral
El nuevo texto incluye un componente de gradualidad en los puntos más debatidos: recargos nocturnos, dominicales e indemnización por despido.
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En horas de la mañana, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, radicó ante la Secretaría de la Cámara de Representantes el nuevo proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno Petro.
La jefe de la cartera habría radicado la reforma sin previo aviso.
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Es importante recordar que este proyecto de la reforma laboral ya se había presentado el pasado 16 de marzo. Sin embargo, este se cayó al final de la pasada legislatura y ni siquiera alcanzó a pasar un primer debate por falta de quorum.
El nuevo documento
Este jueves, después de reuniones con varios gremios y realizar ajustes, se conoció el texto final del proyecto “reforma laboral para el trabajo digno y decente en Colombia”.
En este, se habla de puntos relevantes como las estrategias para combatir el desempleo, recargos nocturnos, dominicales e indemnización por despido.
Respecto al anterior proyecto que se presentó, hay varios puntos fundamentales que se mantienen.
- Contratación a término indefinido
Como también se había explicado en el anterior documento, el gobierno pretende “desarrollar el principio constitucional de estabilidad en el empleo”, habilitando el uso de contratos a término indefinido como regla general.
“Se crean nuevas formas de contratación: el contrato de trabajo doméstico, el contrato de trabajo agropecuario; el contrato laboral de aprendizaje; los modos de vinculación de trabajadores y trabajadoras a plataformas digitales tecnológicas de reparto; garantías en favor de deportistas, entrenadores, artistas y periodistas; protección del trabajo familiar y comunitario; así como fórmulas que permitirán a los trabajadores y trabajadoras transitar hacia la economía formal mediante la generación de incentivos, que prioricen los micronegocios y que permitan la adecuada implementación del Plan Nacional de Desarrollo”.
- Recuperar la diferencia entre la jornada diurna y nocturna
El proyecto solicita que se modifique artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo y quedaría de la siguiente manera:
- “Trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las diecinueve horas (7:00 p. m.).
- Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las diecinueve horas (7:00 p. m.) y las seis horas del día siguiente (6:00 a. m.)”.
- Pago del recargo dominical
El pago del recargo dominical, que actualmente es del 75%, pretende cambiar paulatinamente a un 100%.
Por el momento se sabe que el avance principal sería subir el porcentaje de pago de 75 a 80 y así sucesivamente.
Con base en las remuneraciones mensuales y en la información de las horas laboradas, se estimó el valor de la horas ordinarias y extras laboradas según la jornada, de acuerdo con los parámetros actuales (inicio jornada nocturna 9 p.m. y recargo dominical y festivo 75 %) y con los parámetros de la propuesta de la reforma laboral (inicio jornada nocturna 7 p.m. e incremento gradual del recargo dominical y festivo hasta el 100 %).