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Video | Así fue la captura de Epa Colombia tras decisión de la Corte: ¿de qué la acusan?

#Video | Esta fue la reacción de Epa Colombia a su captura en una de sus peluquerías: ahora se enncuentra en el búnker de la Fiscalía.

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena impuesta a Daneidy Barrera, conocida en redes sociales y la industria del entretenimiento como Epa Colombia, por actos de vandalismo cometidos en una estación de TransMilenio el 22 de noviembre de 2019. Los delitos que sustentan la sentencia incluyen perturbación al servicio de transporte público, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.

El fallo se produjo tras un análisis de las pruebas presentadas por la Fiscalía, entre las que se destacan varios videos grabados y difundidos por la propia Barrera en plataformas digitales. En estas grabaciones se evidencia cómo, durante las protestas sociales de 2019, la emoresaria realizó actos que afectaron gravemente a TransMilenio. Según el tribunal, dichas acciones no pueden justificarse como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

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“El hecho de que la procesada haya creado y pregonado un video en la red social Facebook, en el que vocifera mensajes de inconformismo con el Gobierno Nacional y asola una estación del sistema de transporte público de Bogotá, no puede ser calificado como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión”, enfatiza el fallo.

En respuesta, Barrera publicó un video en el que, visiblemente afectada, explicó que fue detenida por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) al salir de su peluquería. En el mensaje, aseguró haber intentado enmendar sus errores y lamentó la manera en que ocurrió su captura.

“Que triste salir de mi peluquería y que todo mi equipo de trabajo me vea subiéndome para que me lleven al búnker de la fiscalía, de una manera no apropiada”, expresó.

El caso de Epa Colombia

Inicialmente, en 2020, un juzgado la sentenció a tres años y medio de prisión. Sin embargo, esa pena fue incrementada en 2021 por el Tribunal Superior de Bogotá, que la elevó a cinco años y tres meses, decisión que posteriormente fue revisada por la Corte Suprema.

A lo largo del proceso, Barrera intentó argumentar que sus acciones constituían un acto simbólico de protesta y una estrategia para ganar seguidores. No obstante, la Corte determinó que su conducta fomentaba acciones delictivas, algo incompatible con los derechos protegidos bajo la libertad de expresión.

“La propaganda de apología al delito, por tratarse de la incitación directa y pública a la comisión de ilícitos, está proscrita a nivel del derecho internacional convencional”, destacó el tribunal.

En la noche del lunes 27 de enero, la Fiscalía tenía previsto formalizar su captura, realizar los exámenes médicos correspondientes y asignar un centro de reclusión para que Barrera cumpla su condena.

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