Corte reconoce pensión de vejez a mujer transgénero que fue discriminada por Colpensiones
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Helena Herrán actualmente tiene 63 años. Solicitó su pensión de vejez a los 59, pero Colpensiones se la negó argumentando que los hombres se pensionaban a los 62. La trataron jurídicamente como hombre pese a que su cédula registraba el sexo femenino.
Este jueves la Corte Constitucional amparó sus derechos, mediante un fallo de tutela, y exhortó a Colpensiones a que le reconozca la pensión y a “abstenerse de incurrir en actos discriminatorios“.
“Me siento muy feliz porque obtuve el reconocimiento de la pensión con base en mis derechos y le demostré a Colpensiones que ellos estaban equivocados, que ellos estaban violando la ley y que ellos deben corregir toda su actitud de darle una interpretación a su acomodo de la ley 100, en lo particular que trata sobre la pensión y su reconocimiento“, advirtió Helena Herrán en diálogo con NotiCentro1CM&.
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Colpensiones en este proceso había advertido que “la corrección del marcador de “sexo” en los documentos de identidad de una mujer trans no tiene efectos pensionales, por lo que, mientras el legislador no regule la materia, estas personas deben pensionarse a la edad aplicable a los hombres“.
La Corte advirtió, con ponencia de la magistrada Paola Meneses, que “la negativa de Colpensiones a conceder el derecho a la pensión de vejez a la señora Herrán Vargas, constituyó una diferencia de trato discriminatoria contraria a la Constitución“.
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“La Corte reconoció que la equiparación de la edad de pensión entre mujeres trans y mujeres cisgénero podía tener un impacto financiero en el sistema pensional. Así mismo, resaltó que era posible que hombres inescrupulosos decidieran de forma fraudulenta modificar el marcador de sexo en los documentos de identidad con el objeto exclusivo de acceder de forma anticipada a derechos pensionales, por lo cual los fondos de pensiones tenían el deber de prevenir y sancionar estas conductas“, agrega la decisión.
La Corte exhortó al Congreso para que regule y defina los requisitos para acceder a la pensión de vejez aplicables a la población transgénero.