Tumban indemnización a comunidades por caso Cerro Matoso
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La Corte Constitucional tumbó la decisión que le ordenaba a la empresa Cerro Matoso indemnizar a tres mil personas afectadas por la explotación de ferroníquel en Córdoba.
La empresa Cerro Matoso había presentado un recurso de nulidad contra el fallo del mismo tribunal que, además, ordenaba la creación de un fondo especial de Etnodesarrollo y la suspensión de las actividades extractivas.
La Sala Plena de la Corte señaló que el fallo no tuvo en cuenta los requisitos que se necesitaban para la procedencia de la indemnización ordenada, además de no estar sustentadas las órdenes de crear el fondo y la suspensión de actividades.
Sin embargo, se mantiene el amparo a los derechos fundamentales a la consulta previa, a la salud y al disfrute de un medio ambiente sano de las comunidades étnicas accionantes que debe ser cumplida por Cerro Matoso.
Asimismo, la empresa está en la obligación de obtener una nueva licencia ambiental adecuada a los estándares de protección y se mantienen vigentes las demás órdenes de tutela relacionadas con la protección de la salud y el medio ambiente.