Corte Constitucional avala la nueva Ley de Trabajo en casa
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La Sala Plena de la Corte Constitucional le dio su aval hoy a la nueva Ley de Trabajo en casa, que le permite a los empleados de los sectores público o privado, ejercer sus funciones en sus domicilios cuando situaciones excepcionales lo ameriten.
Esta ley es distinta a la modalidad del ‘Teletrabajo’ que implica que todo el contrato laboral se ejerza desde cualquier sitio, de manera indefinida, con acceso a internet.
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La Ley de Trabajo en casa establece que se autorizará al trabajador para laborar por fuera de la oficina por un término de tres meses, prorrogable por otros tres.
El abogado Juan Sebastián Ramírez había demandado la norma advirtiendo que el trámite legislativo debió realizarse bajo el procedimiento de una ley estatutaria, no de una ordinaria, como se hizo.
En su criterio, la nueva ley modificaba aspectos del derecho fundamental al trabajo.
Pero la Corte, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, consideró que “la Ley 2088 de 2021 no incurrió en un desconocimiento de la reserva de ley estatutaria, en tanto que dicha categoría especial de ley no es predicable de la normatividad cuestionada, pues no se está presencia de una regulación (i) integral, estructural y completa del derecho al trabajo; (ii) no se impacta en su núcleo esencial; (iii) ni se refiere a los elementos estructurales que conduzcan a una afectación de este derecho”.