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Nacional

Cierre de fronteras terrestres y fluviales se extenderá hasta el 16 de enero de 2021

Fronteras Migración

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020, el cierre de todos las fronteras terrestres y fluviales del país, se prolongarán hasta el próximo 16 de enero de 2021, mientras que las fronteras marítimas serán abiertas a partir de la media noche del día de este lunes.

De acuerdo con el director general de Migración, Juan Francisco Espinosa, esta medida busca evitar y contener la propagación del COVID-19 dentro del territorio nacional.

“El Gobierno nacional sigue trabajando con los países vecinos, así como con las Gobernaciones y Alcaldías, en la búsqueda de mecanismos que permitan repensar una apertura de las demás fronteras de una manera segura, sin poner en riesgo a los viajeros y las comunidades receptoras”, afirmó Espinosa.

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El director de Migración hizo un llamado a la comunidad para que evite utilizar pasos no autorizados y aclaró que quedan exceptuados del cierre de fronteras los casos considerados como emergencia humanitaria, así como el transporte de carga y mercancías, y los casos fortuitos y de fuerza mayor.

“Hacemos un llamado a la población para que no expongan su vida ingresando al país de manera irregular. Si necesitan ingresar a Colombia y es urgente, los invitamos a explicar su caso al oficial de Migración, quien consultará si puede autorizar el ingreso. Este es momento de cuidarnos y le pedimos a la población que arriesguen su integridad, dejando su vida en manos de mercaderes”, afirmó el director.

Frente a la salida de ciudadanos extranjeros de Colombia, se continuará haciendo en coordinación con Migración y las autoridades distritales y municipales.

Así mismo, establece este Decreto, que quienes ingresen a Colombia como parte de las medidas de excepción deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control del Coronavirus COVID-19 y deberán atender las instrucciones que, para evitar su propagación, adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial.

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