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Está permitido tener un perro potencialmente peligroso en áreas privadas: Corte Constitucional

Está permitido tener un perro potencialmente peligroso en áreas privadas: Corte Constitucional

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó parte del Código de Policía Nacional, en el que se prohibía que las personas dejaran caminar en un espacio privado a un perro de una raza considerada potencialmente peligrosa.

La decisión la tomó el alto tribunal al argumentar que el hecho de que una persona tenga un perro peligroso en un área privada, no afecta la seguridad de sus vecinos.

“Hay que respetar a las personas que quieran tener a estos caninos en sus zonas privadas”, explicó el presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares.

No obstante, la Corte Constitucional dejó intacto el resto del articulado de Código de Policía, especialmente la norma que clasificó algunas razas de perros como “potencialmente peligrosas”.

Dicha lista incluye a las siguientes razas: “los American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, Presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno nacional determine”.

Igualmente el alto tribunal aprobó la norma que establece que los dueños de perros de razas peligrosas deben asumir “la responsabilidad por daños y perjuicios que puedan ocasionar”.

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