Dónde y cómo funcionará la regulación para patinetas eléctricas en Bogotá
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El secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, destacó el proceso de reglamentación del alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad, con lo que la capital se pone a la vanguardia en el tema.
“Bogotá es líder en el mundo en la regulación de las patinetas eléctricas. El compromiso de las empresas de alquiler de patinetas es fundamental y el liderazgo de Bogotá en esta materia es destacable”, dijo.
Hasta el momento, tres de las seis empresas que se postularon para el desarrollo de la actividad de alquiler de patinetas en el espacio público en la primera zona autorizada de Bogotá han pagado la retribución económica al Distrito por el aprovechamiento económico de este espacio.
Sin embargo, todas presentaron ya sus Planes Estratégicos de Seguridad Vial (PESV) para su aprobación por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM).
Las empresas que tienen el permiso con condición de inicio para el alquiler de 3.048 patinetas en el espacio público de la primera zona autorizada son:
Primera zona autorizada
La primera zona autorizada para el alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad está ubicada en las localidades de Chapinero y Usaquén y tiene los siguientes límites. Por el norte: la Calle 134. Por el nororiente: la Carrera 7, la Carrera 5 y la carrera 2. Por el noroccidente: la Autopista Norte. Por el sur: la Calle 45. Por el suroriente: la Carrera 4 y la Carrera 7. Y por el suroccidente: la Avenida Caracas.
Esta zona contará con un área demarcada y un área no demarcada para el estacionamiento de patinetas.
En el área demarcada, los usuarios deberán ubicar las patinetas en los 86 cajones demarcados sobre la calzada de vías secundarias o locales, los cuales tendrán una capacidad máxima de 30 patinetas cada uno. La demarcación de estos cajones está en proceso por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad.
En el área no demarcada, las empresas y los usuarios podrán ubicar las patinetas en los segmentos de malla vial local e intermedia autorizados para el aprovechamiento económico del espacio público (donde no esté prohibido parquear).
En esta área no demarcada, las patinetas deberán ser ubicadas sobre la calzada vial en fila única, una detrás de la otra y paralelas al sardinel. En ningún caso podrán obstaculizar ni ubicarse frente a entradas y salidas vehiculares, rampas de acceso, paraderos escolares, hidrantes, hospitales, bancos, embajadas, instituciones militares, accesos a predios ni a elementos urbanísticos que puedan restringirse en su utilización por la ubicación de las patinetas.
“La Secretaría de Movilidad ha expedido una regulación innovadora y responsable con la ciudad, bajo parámetros de seguridad vial, gestión social, uso adecuado del espacio público y transmisión de información a la administración distrital”, indicó la entidad.