• Dólar (TRM)$ 4.414,06
  • Euro$ 4.642,10
  • MSCI COLCAP1.388,22
  • Petróleo (Brent)US$ 74,32
  • Petróleo (WTI)US$ 70,1
  • Café (lb.)US$ 2,95
  • Oro (oz.)US$ 2.659,40
  • UVR$ 376,64
  • DTF E.A. (90d)9,22%
Estamos
viendo:
07:00 pm08:00 pm
Noticias

Corte Suprema acepta que interceptó a Álvaro Uribe sin saber

Corte Suprema acepta que interceptó a Álvaro Uribe sin saber

A través de un auto de tres páginas la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia informó al senador Álvaro Uribe Vélez que se realizaron interceptaciones telefónicas a su número celular, sin que se tuviera conocimiento de que se tratara de su línea telefónica.

Explicó el alto tribunal que en el desarrollo de la investigación penal que se adelanta contra el representante a la Cámara, Nilton Córdoba, por el llamado escándalo del cartel de la toga, se dio la orden de interceptar los números de contacto que aparecían en otros procesos que existen en su contra.

Señaló la corporación judicial que una vez se evidencia que uno de los números interceptados era del expresidente, Uribe Vélez, “se ordena suspender la interceptación inmediatamente”.

“Cuando se advirtió, en desarrollo de las labores de control y monitoreo telemático dispuestos (…) que dicho abonado no presentaba información relevante para la única instancia, en la medida en que el usuario no correspondía al objetivo predeterminado, a través de auto del 4 de abril de 2018 se ordenó la cancelación de la interceptación”, indica el documento.

No obstante, la Corte aclaró las interceptaciones realizadas a ese número telefónico, fueron trasladas al proceso penal que se adelanta contra Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos.

“A través de una providencia diversa del 4 de abril de 2018, proferida (…) por Secretaría de la Sala y para lo que fuera el caso, se dispuso remitir un ejemplar del informe parcial contentivo de los resultados de las labores de control y monitoreo telemático relacionadas con el abonado celular (…), junto con los anexos correspondientes”, añade el documento.

La Corte incluso señaló que se confirmó que el celular era utilizado por una “VM (voz masculina)” y que la mayoría de las comunicaciones “son de carácter laboral debido a que el usuario es dirigente principal de una colectividad política”.

“Es preciso resaltar que en el informe referido ni siquiera se especificó la identidad de la persona que empleaba la línea interceptada, en la medida que no resultaba pertinente ni relevante para tal actuación”, dice el auto. 

Noticia en desarrollo.

Temas Relacionados:

Síguenos en nuestro canal de WhatsAppSíguenos en Google News