IDU “no ofrecerá más beneficios a deudores” acatando decisión de la Corte Constitucional
- Polémica en Senado durante elección del magistrado de la Corte: la versión de Ariel Ávila
- ‘Gran Fondo de Ciclismo’: homenaje de Bogotá a los grandes ciclistas colombianos
El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), no seguirá otorgando los beneficios en descuentos en capital e intereses a los deudores del cobro de valorización, en las fechas que estaba establecido.
En razón a la decisión de la Corte Constitucional que declaró la ‘’inexequibilidad‘’ de algunos artículos del Decreto Legislativo 678 de 2020.
Dentro de los cuales se encuentra el Artículo No. 7, que establecía beneficios tributarios para impuestos, tasas, contribuciones y multas que estuvieran en mora, como alternativa para que las entidades territoriales pudieran recuperar la cartera de estas rentas.
La Corte dio a conocer esta decisión el pasado 15 de octubre de 2020, a través de una publicación en su cuenta de Twitter, y a través del boletín 149 publicado el día 16 de octubre.
Razón por la cual, el IDU no podrá seguir otorgando el beneficio a los deudores del aporte por valorización.
En virtud del Artículo No. 7 del Decreto 678 de 2020, el IDU había emprendido un proceso de recuperación de cartera, brindando beneficios a los contribuyentes en mora del pago de esta contribución.
De esta forma, los ciudadanos podían ponerse al día en sus obligaciones y dar por terminados los procesos de cobro coactivo.
Sin embargo, una vez comunicada la decisión de la Corte sobre la inexequibilidad de esta norma, la entidad informa que ya no es posible continuar dando aplicación al beneficio contenido en el citado artículo.