¿Lo podrían demandar por bloquear a alguien en Twitter?
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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, no tiene derecho a bloquear a los seguidores que lo critican en la red social Twitter, dictaminó una jueza federal en Nueva York.
La posibilidad de reaccionar ante los frecuentes tuits presidenciales, comentando sobre ellos, es parte del ejercicio de libertad de expresión protegido por la primera enmienda de la Constitución, estimó la jueza Naomi Reice Buchwald.
En otras palabras, Trump cometió una falta al bloquear a usuarios en su perfil personal de Twitter @realDonaldTrump, seguido por 52 millones de cuentas.
“Se le pidió a la justicia que evalúe a la luz de la Primera Enmienda si un funcionario del Gobierno puede bloquear a una persona en su cuenta de Twitter como reacción a las opiniones políticas de esa persona. Se le preguntó también si este análisis difiere cuando ese funcionario es el presidente de Estados Unidos. La respuesta a ambas preguntas es no”, dictaminó la jueza Buchwald.
El caso nació de una queja presentada por siete personas –entre ellas un comediante de Nueva York, un profesor de sociología de Maryland, un oficial de policía de Texas y una cantante de Seattle– que habían sido “bloqueadas” por Trump.
Esto les impidió ver los tuits publicados casi a diario por el presidente y responderlos directamente.
Los comentarios de las personas bloqueadas son menos visibles porque no aparecen en el hilo de reacciones a los tuits del presidente, uno de los primeros líderes en haber hecho de su cuenta de Twitter su herramienta de comunicación preferida.
La jueza Buchwald no emitió una orden judicial exigiendo específicamente a Trump que “desbloquee” a estas personas, al estimar que le corresponde al mandatario atenerse a su declaración.
-Experiencias similares en Colombia-
En octubre de 2017 ocurrió un caso similar en Colombia que enfrentó al director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado Luis Guillermo Vélez y el empresario implicado en el descalabro de InterBolsa Víctor Maldonado.
Ese caso tenía que ver con que @lgvelezc bloqueó a @maldonado_victo, quien respondió con una tutela que terminó en la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Al final, no se dio un fallo de la tutela porque Vélez decidió desbloquear a Maldonado sin una orden judicial, pero sí se generó un precedente que abrió el debate de si un juez puede ordenarle a una persona desbloquear a otra en Twitter.
Juan Fernando Córdoba, decano de la facultad de Derecho de la Universidad de La Sabana, fue consultado por el diario El Tiempo hace algunos meses, en donde dijo que cualquier persona tiene derecho de bloquear a otra.
“Creo que el derecho estaría del lado de quien bloquea. Esa es una manera tecnológica de evadir lo que otros quieren decir de mí en Twitter. El derecho está más en el sentido de bloquear, no creo que haya una obligación de leer y conocer los tuits de otros. No parece haber un derecho fundamental detrás de la acción de tutela”, dijo el académico.
Sin embargo, el abogado aseguró que cuando se trata de un funcionario público, es necesario mirar si la cuenta se usa como una cuenta institucional, pues ahí sí se estaría violando el derecho a la información.
Por su parte, el jurista Iván Cancino se había pronunciado al respecto diciendo que un servidor público e incluso personas a elección popular no puede bloquear si a través de esa cuenta se da información de carácter público.
¿Cree que la justicia debería obligar a alguien a desbloquear a otra persona en redes sociales?
Con información de AFP